Gastos de cierre al comprar casa en República Dominicana (2026)
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Calcula entre un 4 y un 5 % del precio, aparte de lo que pagas por la casa. Lo principal es el impuesto de transferencia del 3 %, que paga el comprador sobre el valor más alto entre el precio y la tasación de la DGII. Se suman los honorarios legales, del 1 al 1.5 % más ITBIS, y unos cargos fijos pequeños. Si compras con hipoteca, en 2026 se paga además un 2 % del préstamo, que baja al 1 % en 2027 y desaparece en 2028. La compra de una vivienda no lleva ITBIS.
Los gastos, de un vistazo
| Gasto | Cuánto | Quién lo paga |
|---|---|---|
| Impuesto de transferencia | 3 % del valor más alto entre el precio y la tasación de la DGII | El comprador, por costumbre |
| Honorarios legales | Del 1 al 1.5 % del precio, más ITBIS | El comprador |
| Cargos fijos de la DGII y del Registro | Unos RD$1,000 en total | El comprador |
| Impuesto de la hipoteca, si la hay | 2 % del préstamo en 2026, 1 % en 2027 y 0 % desde 2028 | Quien pide el préstamo |
| ITBIS sobre la vivienda | No aplica: la venta de inmuebles no lleva ITBIS | Nadie |
El impuesto de transferencia, el 3 %
Es el gasto más grande. Lo fija la Ley 288-04, modificada por la Ley 173-07, y la reforma tributaria de 2026 (Ley 30-26) no lo cambió. La DGII lo calcula sobre el monto más alto entre el precio del contrato y el valor de su propia tabla, y le suma un cargo de RD$20.
La ley no dice quién lo paga, pero la costumbre es que lo pague el comprador, salvo que el contrato diga otra cosa. Hay que pagarlo dentro de los seis meses siguientes a la firma de la venta. Desde el 1 de julio de 2026, el recargo por retraso es del 3 % por cada mes, con un tope del 100 % del impuesto.
Solo se libran algunas viviendas de bajo costo, con topes muy por debajo de lo que cuesta casi cualquier vivienda en zonas como Punta Cana.
Cuándo se paga si compras sobre plano
Mientras se construye, lo que firmas es una promesa de venta, que no transfiere la propiedad. El 3 % se paga con el acto de venta definitivo, cuando tu unidad ya tiene su propio título, y eso suele coincidir con la entrega. El Registro de Títulos no inscribe la venta sin el recibo de este impuesto.
Un detalle que conviene saber: como la DGII cobra sobre el valor más alto, si su tasación al momento del traspaso supera el precio que pactaste años antes, pagas el 3 % sobre la tasación.
Los honorarios legales
El abogado que prepara y legaliza los contratos, revisa el título y lleva el traspaso cobra normalmente del 1 al 1.5 % del precio, según la complejidad, más el ITBIS de su servicio. Los cargos oficiales son pequeños: RD$100 por cada acto notarial, RD$50 por contrato notariado y RD$20 por el duplicado del título, entre otros. En un expediente normal suman unos RD$1,000.
La DGII tarda hasta tres días laborables en hacer su parte, y el Registro de Títulos, unos 35 días hábiles en emitir el título a tu nombre.
Si compras con hipoteca
Inscribir la hipoteca lleva su propio impuesto, que la Ley 30-26 va a eliminar: el 2 % del préstamo si se inscribe en 2026, el 1 % en 2027 y nada desde 2028. Las hipotecas pequeñas con bancos están exentas.
Como la tasa depende del año en que se inscribe la hipoteca, una compra sobre plano que se entregue en 2028 o después ya no lo pagaría, si la ley no cambia. Aparte van la tasación y los seguros que pida el banco.
Lo que no pagas: ITBIS
La venta de una vivienda no lleva ITBIS. La DGII se lo confirmó en 2024 a una constructora: la transferencia de inmuebles no genera ese impuesto. Sí lo llevan los servicios de construcción, algo que importa si encargas construir una villa en tu propio terreno.
El impuesto de cada año, el IPI
El Impuesto al Patrimonio Inmobiliario es del 1 % anual, pero solo sobre lo que pase de RD$10,695,494 en 2026, sumando todos los inmuebles que tengas a tu nombre en el país. Lo pagan igual dominicanos y extranjeros, en dos cuotas, en marzo y en septiembre. Muchos dueños de un solo apartamento no pagan nada porque no llegan a ese monto.
Si después alquilas o vendes
- Alquiler. Si no vives en República Dominicana, el impuesto es del 27 % de lo que cobras, como pago único y definitivo. Si vives allí, la retención es del 15 % desde el 1 de julio de 2026.
- Alquiler turístico. El alquiler de vivienda está exento de ITBIS, pero la DGII grava con el 18 % el de villas y apartamentos turísticos.
- Venta. Desde el 18 de junio de 2026, la ganancia de capital de una persona física paga un 10 %, como pago único. El reglamento que dirá cómo se calcula esa ganancia todavía no ha salido. Muchas guías en inglés siguen diciendo 27 %, que es la cifra de antes de la reforma.
Un ejemplo con una casa de US$150,000
Al contado y con una tasación de la DGII igual al precio:
| Concepto | Monto aproximado |
|---|---|
| Transferencia, 3 % | US$4,500 |
| Honorarios legales, del 1 al 1.5 % | De US$1,500 a US$2,250 |
| ITBIS de los honorarios, 18 % | De US$270 a US$405 |
| Cargos fijos | Unos US$20 |
| Total | De US$6,290 a US$7,175, entre el 4.2 y el 4.8 % |
Si compras con Instadigs, la comisión que te devolvemos en un proyecto así, del 3 al 6 % del precio, es una cantidad parecida. Se abona a tu propiedad después del inicial (cómo funciona la comisión).
Preguntas frecuentes
¿Cuánto son los gastos de cierre en República Dominicana?
Entre un 4 y un 5 % del precio en una compra al contado: el 3 % de transferencia, los honorarios legales con su ITBIS y unos cargos fijos. Con una hipoteca inscrita en 2026, súmale el 2 % del préstamo.
¿Quién paga el impuesto de transferencia, el comprador o el vendedor?
La ley no lo dice, pero por costumbre lo paga el comprador, salvo que el contrato diga otra cosa.
¿Se paga ITBIS al comprar una vivienda nueva?
No. La venta de inmuebles no lleva ITBIS. Sí lo llevan los honorarios del abogado y los servicios de construcción.
¿Cambió la reforma fiscal de 2026 el impuesto de transferencia?
No. La Ley 30-26 dejó el 3 % igual. Cambió el impuesto de la hipoteca, que baja al 1 % en 2027 y desaparece en 2028, la ganancia de capital al vender, que queda en el 10 % para personas físicas, y la retención de los alquileres.
¿Los extranjeros pagan el IPI?
Sí, igual que los dominicanos: el 1 % anual sobre lo que pase de RD$10,695,494 en 2026, sumando todos sus inmuebles en el país.
Fuentes
- Ley 173-07, Ministerio de Hacienda
- DGII, Guía del Contribuyente 18, descargo inmobiliario (junio de 2025)
- DGII, cómo se calcula el impuesto de transferencia
- DGII y Registro Inmobiliario, folleto de transferencia de inmuebles (junio de 2025)
- Ley 30-26, texto oficial, Ministerio de Hacienda
- DGII, Aviso 10-26, calendario de la Ley 30-26
- DGII, tasa del impuesto por inscripción de hipoteca
- DGII, consulta sobre el ITBIS en la venta de inmuebles (15 de agosto de 2024)
- DGII, Guía del Contribuyente 17, IPI (enero de 2026)
- DGII, servicios exentos de ITBIS
- Guzmán Ariza, comprar inmuebles en República Dominicana (en inglés)
- KPMG, cambios al Código Tributario dominicano (16 de julio de 2026, en inglés)
Esta guía explica cómo funciona la compra en general. Las tasas y los requisitos los fijan la ley, cada banco y cada constructora, y pueden cambiar: la fecha de arriba es la de su última revisión.